De conformidad con lo establecido en el artículo 227 del Título 19 del Decreto Ley 019 de 2012 y artículo 2.2.17.10 del Título 17 del Decreto 1083 de 2015, quien vaya a tomar posesión en un cargo público o vaya a firmar un contrato de prestación de servicios con el Estado, deberá diligenciar el formato de hoja de vida en el Sistema de Información y Gestión del Empleo Público.
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