El Consejo de Estado afirma que entidades con régimen especial, o exceptuado de Ley 80 de 1993 NO PUEDEN crear nuevas causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar.
A continuación el artículo 13 de la Ley 1150/07
CONSEJODEESTADO_67551_20220610_Inhabilidadesrégimenespecial_BP (1)